Posición constitucional del Rey (Art. 56 CE)
• El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia.
• Arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones.
• Representa al Estado español en relaciones internacionales, especialmente con países de la comunidad histórica.
• Ejerce las funciones que le atribuyen la CE y las leyes.
• Su título es “Rey de España” y puede usar otros títulos vinculados a la Corona.
• La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
• Sus actos requieren refrendo (Art. 64), salvo nombramiento libre de miembros de su Casa (Art. 65.2).
Funciones del Rey (Art. 62 CE)
• Sancionar y promulgar las leyes.
• Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones.
• Proponer candidato a Presidente del Gobierno y nombrarlo.
• Nombrar y separar miembros del Gobierno (a propuesta del Presidente).
• Expedir decretos acordados en Consejo de Ministros.
• Conferir empleos civiles y militares y conceder honores.
• Ser informado de los asuntos de Estado y presidir sesiones del Consejo de Ministros si lo estima oportuno.
• Mando supremo de las Fuerzas Armadas.
• Ejercer el derecho de gracia (sin indultos generales).
• Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Refrendo (Art. 64 CE)
• Los actos del Rey son refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes.
• La propuesta y nombramiento del Presidente del Gobierno y la disolución de las Cortes son refrendados por el Presidente del Congreso.
• De los actos del Rey son responsables las personas que los refrendan.
Sucesión y Regencia (Arts. 57–60 CE)
• La sucesión sigue orden de primogenitura y representación: línea anterior > posterior; grado más próximo > remoto; varón > mujer; mayor edad > menor.
• El heredero tiene la dignidad de Príncipe de Asturias.
• En minoría de edad o inhabilitación, se establece Regencia (padre/madre, pariente mayor, o Cortes si no hay pariente).
• La Regencia se ejerce en nombre del Rey y requiere ser español/a mayor de edad.
• La tutela del Rey menor corresponde al testamento del Rey difunto, o a padre/madre, o a las Cortes (no acumulable con Regencia salvo ascendientes).
Juramento (Art. 61 CE)
• El Rey jura ante las Cortes: fidelidad a sus funciones, guardar y hacer guardar la CE y las leyes, respetar derechos de ciudadanos y CCAA.
• El Príncipe heredero y el Regente prestan el mismo juramento + fidelidad al Rey.
TÍTULO II – DE LA CORONA ART. 56 – Posición del Rey ├─ Jefe del Estado ├─ Símbolo de unidad y permanencia ├─ Arbitra y modera instituciones ├─ Representación internacional ├─ Inviolabilidad └─ Actos refrendados (salvo Art. 65.2) ART. 57 – Sucesión ├─ Primogenitura y representación ├─ Varón > mujer (en mismo grado) ├─ Príncipe de Asturias ├─ Cortes proveen sucesión si líneas extinguidas └─ Ley orgánica resuelve dudas ART. 58 – Consorte └─ No puede asumir funciones constitucionales ART. 59 – Regencia ├─ Minoría de edad → padre/madre → pariente mayor ├─ Inhabilitación → Príncipe (si mayor) → régimen minoría └─ Cortes nombran Regencia si no hay pariente ART. 60 – Tutela ├─ Testamento Rey difunto ├─ Padre/madre viudos └─ Cortes (no acumulable con Regencia) ART. 61 – Juramento ├─ Rey: ante Cortes └─ Príncipe/Regente: + fidelidad al Rey ART. 62 – Funciones del Rey ├─ Sancionar/promulgar leyes ├─ Disolver Cortes y convocar elecciones ├─ Proponer/nombrar Presidente del Gobierno ├─ Nombrar/separar ministros ├─ Expedir decretos ├─ Conferir empleos y honores ├─ Informado de asuntos de Estado ├─ Mando supremo Fuerzas Armadas ├─ Derecho de gracia └─ Alto Patronazgo Reales Academias ART. 63 – Relaciones internacionales ├─ Acredita embajadores ├─ Consentimiento tratados └─ Declara guerra/hace paz (con autorización Cortes) ART. 64 – Refrendo ├─ Presidente del Gobierno (+ ministros) ├─ Presidente del Congreso (nombramiento PG y disolución) └─ Responsabilidad: reforzadores ART. 65 – Casa Real ├─ Dotación global de Presupuestos └─ Nombra libremente miembros de su Casa
Inviolabilidad del Rey: Exención absoluta de responsabilidad penal, civil o política por sus actos oficiales.
Refrendo: Mecanismo constitucional mediante el cual otro órgano (PG, ministros, Presidente del Congreso) asume la responsabilidad política de los actos del Rey.
Primogenitura y representación: Sistema de sucesión que prioriza al primogénito y permite que los descendientes sustituyan a un antepasado fallecido.
Regencia: Institución que ejerce las funciones del Rey cuando este es menor de edad o está inhabilitado.
Tutela: Protección personal y patrimonial del Rey menor, distinta de la Regencia (funciones políticas).
Alto Patronazgo: Honor que otorga al Rey una posición simbólica de protección sobre instituciones culturales como las Reales Academias.
Mando supremo de las Fuerzas Armadas: Competencia formal del Rey, ejercida bajo la dirección efectiva del Gobierno.