Tema 26 – Cuerpo General de la Policía Canaria

Estructura del Cuerpo (Art. 21 Ley 2/2008)

• El Cuerpo General de la Policía Canaria se estructura en tres escalas:

Escala Superior (Grupo A1): comisario principal, comisario, subcomisario.

Escala Ejecutiva (Grupo A2): inspector, subinspector.

Escala Básica (Grupo C1): oficial, policía.

• Existe también una escala facultativa para técnicos con titulación A1/A2.

Jefatura del Cuerpo (Art. 22)

• El jefe es nombrado por el Gobierno de Canarias entre funcionarios de la escala superior.

• Dirige, planifica, coordina, supervisa y evalúa las operaciones del Cuerpo.

• Es sustituido por un comisario principal o, en su defecto, por el empleo inmediato inferior.

Acceso y promoción (Arts. 23–28)

• Se rige por principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Policía: acceso por oposición libre.

Oficial: promoción interna desde policía (mín. 2 años de antigüedad).

Subinspector e Inspector: promoción interna desde oficial y subinspector respectivamente.

Subcomisario: concurso-oposición libre, con hasta un 50% de plazas reservadas para inspectores en promoción interna.

Comisario: promoción interna desde subcomisario.

Comisario principal: concurso de méritos entre comisarios, mandos equivalentes de otras FCS o oficiales superiores de las FAS.

Formación (Art. 29)

• La formación es profesional, permanente y obligatoria.

• La Academia Canaria de Seguridad es el centro encargado de la formación, perfeccionamiento y especialización.

• Elaborará un plan de carrera profesional para el acceso a los distintos empleos.

Puestos de trabajo y provisión (Arts. 31–40)

• Los puestos se recogen en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

• Se proveen por concurso o libre designación (para puestos directivos o de especial confianza).

• El destino de nuevos ingresos se realiza por orden de puntuación en la oposición.

• Se pueden realizar permutas entre funcionarios de igual naturaleza y forma de provisión.

• En casos de urgencia, se puede acceder a un puesto de superior empleo de forma temporal.

• Existe la figura del traslado forzoso por necesidades del servicio, urgencia o incompatibilidad.

Segunda actividad (Arts. 53–58)

• Es una situación administrativa especial para garantizar la aptitud psicofísica mientras se está en activo.

Causas de pase: por edad (mínimo 57 años) o por disminución de la capacidad física o psíquica.

Tipos:

Con destino: prestan servicios en otro puesto del Cuerpo o en la Administración autonómica.

Sin destino: a partir de los 63 años (65 en escala superior).

• Mantiene la condición de agente de la autoridad, pero puede perder la habilitación para portar armas si la causa es psicofísica.

• No supone disminución de retribuciones básicas y complementarias (salvo las ligadas al puesto específico).

• El pase se decide tras un informe de un Tribunal Médico.

LEY 2/2008 – CUERPO GENERAL DE LA POLICÍA CANARIA

ART. 21 – ESTRUCTURA
├─ Escala Superior (A1): comisario principal, comisario, subcomisario
├─ Escala Ejecutiva (A2): inspector, subinspector
├─ Escala Básica (C1): oficial, policía
└─ Escala Facultativa: técnicos A1/A2

ART. 22 – JEFATURA
├─ Nombramiento: Gobierno entre escala superior
├─ Funciones: dirigir, planificar, coordinar, supervisar, evaluar
└─ Sustitución: comisario principal → empleo inmediato inferior

ARTS. 23–28 – ACCESO Y PROMOCIÓN
├─ Policía: oposición libre
├─ Oficial: promoción interna (≥2 años como policía)
├─ Subinspector/Inspector: promoción interna
├─ Subcomisario: concurso-oposición (≤50% promoción interna)
├─ Comisario: promoción interna
└─ Comisario principal: concurso de méritos

ART. 29 – FORMACIÓN
├─ Profesional, permanente, obligatoria
├─ Academia Canaria de Seguridad
└─ Plan de carrera profesional

ARTS. 31–40 – PUESTOS Y PROVISIÓN
├─ RPT: Relación de Puestos de Trabajo
├─ Provisión: concurso o libre designación
├─ Destino nuevo ingreso: por puntuación
├─ Permutas: entre iguales
├─ Superior empleo: temporal en urgencia
└─ Traslado forzoso: necesidades del servicio

ARTS. 53–58 – SEGUNDA ACTIVIDAD
├─ Causas: edad (≥57) o incapacidad psicofísica
├─ Con destino: otro puesto Cuerpo/Administración
├─ Sin destino: ≥63 años (≥65 escala superior)
├─ Mantiene agente autoridad (arma si apto)
├─ Retribuciones: sin disminución (salvo puesto específico)
└─ Tribunal Médico: dictamen previo

Escala Superior: Nivel más alto del Cuerpo General de la Policía Canaria, integrado por comisarios y subcomisarios, con funciones de dirección y mando.

Promoción interna: Sistema de acceso a empleos superiores reservado exclusivamente a los funcionarios ya pertenecientes al Cuerpo.

Academia Canaria de Seguridad: Centro docente dependiente de la Consejería competente en materia de seguridad, encargado de la formación inicial y continua del personal policial.

Relación de Puestos de Trabajo (RPT): Documento oficial que recoge todos los puestos del Cuerpo, sus funciones, requisitos y forma de provisión.

Libre designación: Forma de provisión de puestos de carácter directivo o de especial confianza, mediante nombramiento discrecional del órgano competente.

Segunda actividad: Situación administrativa especial regulada para garantizar la aptitud psicofísica de los funcionarios mientras permanecen en activo.

Tribunal Médico: Órgano colegiado encargado de emitir dictámenes sobre la aptitud psicofísica del personal del Cuerpo General de la Policía Canaria.