Estructura del Cuerpo (Art. 21 Ley 2/2008)
• El Cuerpo General de la Policía Canaria se estructura en tres escalas:
– Escala Superior (Grupo A1): comisario principal, comisario, subcomisario.
– Escala Ejecutiva (Grupo A2): inspector, subinspector.
– Escala Básica (Grupo C1): oficial, policía.
• Existe también una escala facultativa para técnicos con titulación A1/A2.
Jefatura del Cuerpo (Art. 22)
• El jefe es nombrado por el Gobierno de Canarias entre funcionarios de la escala superior.
• Dirige, planifica, coordina, supervisa y evalúa las operaciones del Cuerpo.
• Es sustituido por un comisario principal o, en su defecto, por el empleo inmediato inferior.
Acceso y promoción (Arts. 23–28)
• Se rige por principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
• Policía: acceso por oposición libre.
• Oficial: promoción interna desde policía (mín. 2 años de antigüedad).
• Subinspector e Inspector: promoción interna desde oficial y subinspector respectivamente.
• Subcomisario: concurso-oposición libre, con hasta un 50% de plazas reservadas para inspectores en promoción interna.
• Comisario: promoción interna desde subcomisario.
• Comisario principal: concurso de méritos entre comisarios, mandos equivalentes de otras FCS o oficiales superiores de las FAS.
Formación (Art. 29)
• La formación es profesional, permanente y obligatoria.
• La Academia Canaria de Seguridad es el centro encargado de la formación, perfeccionamiento y especialización.
• Elaborará un plan de carrera profesional para el acceso a los distintos empleos.
Puestos de trabajo y provisión (Arts. 31–40)
• Los puestos se recogen en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
• Se proveen por concurso o libre designación (para puestos directivos o de especial confianza).
• El destino de nuevos ingresos se realiza por orden de puntuación en la oposición.
• Se pueden realizar permutas entre funcionarios de igual naturaleza y forma de provisión.
• En casos de urgencia, se puede acceder a un puesto de superior empleo de forma temporal.
• Existe la figura del traslado forzoso por necesidades del servicio, urgencia o incompatibilidad.
Segunda actividad (Arts. 53–58)
• Es una situación administrativa especial para garantizar la aptitud psicofísica mientras se está en activo.
• Causas de pase: por edad (mínimo 57 años) o por disminución de la capacidad física o psíquica.
• Tipos:
– Con destino: prestan servicios en otro puesto del Cuerpo o en la Administración autonómica.
– Sin destino: a partir de los 63 años (65 en escala superior).
• Mantiene la condición de agente de la autoridad, pero puede perder la habilitación para portar armas si la causa es psicofísica.
• No supone disminución de retribuciones básicas y complementarias (salvo las ligadas al puesto específico).
• El pase se decide tras un informe de un Tribunal Médico.
LEY 2/2008 – CUERPO GENERAL DE LA POLICÍA CANARIA ART. 21 – ESTRUCTURA ├─ Escala Superior (A1): comisario principal, comisario, subcomisario ├─ Escala Ejecutiva (A2): inspector, subinspector ├─ Escala Básica (C1): oficial, policía └─ Escala Facultativa: técnicos A1/A2 ART. 22 – JEFATURA ├─ Nombramiento: Gobierno entre escala superior ├─ Funciones: dirigir, planificar, coordinar, supervisar, evaluar └─ Sustitución: comisario principal → empleo inmediato inferior ARTS. 23–28 – ACCESO Y PROMOCIÓN ├─ Policía: oposición libre ├─ Oficial: promoción interna (≥2 años como policía) ├─ Subinspector/Inspector: promoción interna ├─ Subcomisario: concurso-oposición (≤50% promoción interna) ├─ Comisario: promoción interna └─ Comisario principal: concurso de méritos ART. 29 – FORMACIÓN ├─ Profesional, permanente, obligatoria ├─ Academia Canaria de Seguridad └─ Plan de carrera profesional ARTS. 31–40 – PUESTOS Y PROVISIÓN ├─ RPT: Relación de Puestos de Trabajo ├─ Provisión: concurso o libre designación ├─ Destino nuevo ingreso: por puntuación ├─ Permutas: entre iguales ├─ Superior empleo: temporal en urgencia └─ Traslado forzoso: necesidades del servicio ARTS. 53–58 – SEGUNDA ACTIVIDAD ├─ Causas: edad (≥57) o incapacidad psicofísica ├─ Con destino: otro puesto Cuerpo/Administración ├─ Sin destino: ≥63 años (≥65 escala superior) ├─ Mantiene agente autoridad (arma si apto) ├─ Retribuciones: sin disminución (salvo puesto específico) └─ Tribunal Médico: dictamen previo
Escala Superior: Nivel más alto del Cuerpo General de la Policía Canaria, integrado por comisarios y subcomisarios, con funciones de dirección y mando.
Promoción interna: Sistema de acceso a empleos superiores reservado exclusivamente a los funcionarios ya pertenecientes al Cuerpo.
Academia Canaria de Seguridad: Centro docente dependiente de la Consejería competente en materia de seguridad, encargado de la formación inicial y continua del personal policial.
Relación de Puestos de Trabajo (RPT): Documento oficial que recoge todos los puestos del Cuerpo, sus funciones, requisitos y forma de provisión.
Libre designación: Forma de provisión de puestos de carácter directivo o de especial confianza, mediante nombramiento discrecional del órgano competente.
Segunda actividad: Situación administrativa especial regulada para garantizar la aptitud psicofísica de los funcionarios mientras permanecen en activo.
Tribunal Médico: Órgano colegiado encargado de emitir dictámenes sobre la aptitud psicofísica del personal del Cuerpo General de la Policía Canaria.